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Leía el pasado 23 de mayo en Diario de Navarra un acertadísimo artículo de mi compañera de promoción Gemma Angélica Sánchez Lerma, Doctora en Derecho y Letrada de la Cámara de Comptos, donde se hablaba de la incontinencia normativa y falta de seguridad jurídica a la que asistimos estas últimas semanas desde la irrupción del covid-19 en nuestra sociedad.


Si en algún ámbito se han hecho patentes estos dos aspectos, ha sido en el ámbito jurídico laboral, al que me dedico desde hace ya muchos años. Por primera vez hemos visto cómo se usaban los Reales Decretos para lo que son realmente (para situaciones de extraordinaria y urgente necesidad), pero también hemos visto cómo se dictaban sin la debida claridad y concreción, a todas luces exigible dada la situación, legislando un metro por encima del suelo, como si luego no hubiera que aplicar las normas, o al margen de las dificultades que su falta de concreción iba claramente a generar.

A mayor abundamiento, lejos de la manifestada intención de facilitar y evitar trámites, nos hemos visto aplicando normas confusas que luego cambiaban de sentido vía nota interpretativa de un Ministerio, de un oficio de la Dirección General de Trabajo, o vía aplicación informática de la Tesorería General de la Seguridad Social, en contra muchas veces de principios del derecho que creíamos y creemos fundamentales. Se han producido situaciones tan paradójicas como organizar el cierre de una empresa un lunes, y su reapertura un martes a la vista de una nota interpretativa que le daba la vuelta a un artículo de un Real Decreto.


La confusión ha invadido los despachos, las asesorías y a la propia Administración pública. Están siendo días de mucho trabajo y muchos nervios, de mucha responsabilidad y de muchos debates sobre cómo interpretar y cómo proceder ante semejante ensalada de Reales Decretos, Órdenes, Criterios y Notas interpretativas. Mientras veíamos, por ejemplo, cómo unos trabajadores que habían estado solo unos días en ERTE cobraban la prestación del mes completo y otros no cobraban nada a pesar de haberse tramitado sus prestaciones a la vez… y asumimos que las administraciones estaban desbordadas.

Si la seguridad jurídica no se preserva, además de las molestias para todo el ramo laboral, se está desincentivando a posibles inversores y compañías a instalarse en nuestro país y nuestra región, y eso se traduce en menos empleo. Tener un marco seguro y con toda la certidumbre posible es ahora más necesario que nunca. Lo mismo ocurre con la abundancia normativa: legislar más no significa, por sí mismo, que se legisle mejor. Situaciones excepcionales exigen medidas excepcionales, por supuesto, pero ojo con arrasar por el camino con la economía y el empleo.


Capítulo aparte merece el pacto para derogar la reforma laboral de 2012, una reforma que durante todos estos años ha resultado positiva para el empleo y que precisamente ahora ha permitido que, dada la simplificación de los ERTE, éstos hayan sido una herramienta clave para minimizar la destrucción de empleo. Mientras no se entienda que la empresa es parte de la solución, no el problema ni el enemigo a batir, difícilmente avanzaremos en la dirección correcta.


No se debe legislar un metro por encima del suelo, como si luego la empresa no tuviera que aplicar las normas que se generan, porque se crea una enorme confusión en ese metro en el que se produce la verdadera aplicación de las normas, y porque como bien se decía en el artículo que citaba al principio “claridad, estabilidad y certeza en las normas jurídicas, es la contribución del principio de seguridad jurídica para lograr en tiempos revueltos la paz social y la prosperidad económica”.

José María Barrero Jiménez Socio director de Barrero Abogados y miembro de Institución Futuro

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